Con la modificación del 11 de Abril de 2019 aprobada en el Parlamento Andaluz, en ciertos apartados del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía:
– La bonificación del 99% del impuesto en la cuota que abonan los herederos y donatarios. Esta bonificación se aplica a los grupos de parentesco I y II, es decir, descendientes naturales o adoptivos, cónyuges, ascendientes o adoptantes con independencia de la edad.
Así, después de todos los cálculos del impuesto, a la cuota final se le aplica un 99% de reducción, tanto en sucesiones (herencias) como también en las donaciones. Le recomendamos consulte un abogado experto en sucesiones en Andalucía, más información aqui.
Otras comunidades como Madrid, Cantabria, La Rioja, Murcia y Canarias tienen una cuota también reducida para estos casos.